Propósito: Brindar gestión con base en la normatividad vigente y relacionada con el régimen especial de carrera docente en lo establecido para los escalafones existentes, en cuanto a solicitudes de ingreso y novedades posteriores de acuerdo al cumplimiento de los requisitos establecidos para el personal Directivo Docente y Docente.

Funciones:

  1. Ejecutar actividades para la administración eficiente del escalafón docente de los Municipios no certificados que administra la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca que sean asignados por medio del Sistema de Atención al Ciudadano – SAC brindando atención, verificación, trámite, sustanciación y respuesta a las peticiones de inscripción, ascensos, reubicaciones, nivelación y/o modificación salarial, mejoramiento académico y actualización en escalafón nacional docente, según cumplimiento de requisitos legales, revisión de la documentación y elaboración de los actos administrativos correspondientes.
  2. Brindar las asesorías y acompañamiento que se requieran por parte de los servidores públicos de la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca, Directores de Núcleo Educativo, Directivos Docentes, Docentes y comunidad en general con base en el propósito de la Oficina, los procedimientos establecidos y la normatividad vigente; en lo concerniente a la formulación de solicitudes, requisitos necesarios y demás situaciones particulares a cada solicitante.
  3. Validar el cumplimiento de requisitos de acuerdo a la normatividad vigente y realizar la expedición de las constancias o certificaciones de idoneidad del personal Directivo Docente y Docente de la planta global de la Secretaría de Educación y Cultura, para su vinculación en los establecimientos educativos oficiales de los municipios no certificados de la entidad territorial.
  4. Remitir y gestionar las novedades que genere la Oficina a las dependencias que correspondan para su correspondiente ejecución, de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca en lo relacionado a inscripciones, mejoramientos académicos, actualizaciones y ascensos en escalafón, dejando trazabilidad por medio del Sistema de Información de Gestión de Recursos Humanos – HUMANO y el Sistema de Atención al Ciudadano – SAC.
  5. Mantener actualizada la base de datos del Registro Público de Carrera Docente de manera articulada con las Oficinas de Talento Humano Docente y Nómina de la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca con objeto de dar respuesta oportuna a los informes y requerimientos que soliciten los Entes competentes, en relación a las novedades de escalafón.

Procedimientos principales del grupo de trabajo:

  • Inscripción en el Escalafón Docente
  • Ascensos en el Estatuto Docente – Decreto 2277 de 1979
  • Ascenso o reubicación, Estatuto de Profesionalización Docente – Decreto 1278 de 2002

Procedimientos complementarios del grupo de trabajo:

  • Solicitudes de nivelación o modificación salarial, Estatuto de Profesionalización Docente – Decreto 1278 de 2002
  • Reconocimiento de mejoramiento académico Estatuto Docente – Decreto 2277 de 1979
  • Validación de créditos disponibles para ascenso en el Estatuto Docente – Decreto 2277 de 1979
  • Expedición de Certificados de no exclusión en el Estatuto Docente (requisito para ascenso al grado 14) – Decreto 2277 de 1979

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Requisitos

  • Haber sido nombrado (a) mediante concurso de méritos.
  • Superar el período de prueba.
  • Haber sido nombrado (a) en propiedad.

¿Si supera el Concurso Docente, en qué  escalafón será ubicado?

Quienes  finalizado el concurso docente, superen el período de prueba se ubicarán en el Nivel Salarial A del correspondiente grado, según el título académico que acrediten; pudiendo ser reubicados en el nivel siguiente o ascender de grado, después de tres (3) años de servicio, siempre y cuando obtengan en la respectiva evaluación de competencias, ahora Evaluación con carácter Diagnóstico Formativa, el puntaje indicado para ello.

El ARTÍCULO 21  del decreto 1278 Establece:

Requisitos para la inscripción y ascenso de los docentes o directivos docentes estatales en los distintos grados del Escalafón Docente:

Grado Uno:

  • a) Ser normalista superior.
  • b) Haber sido nombrado mediante concurso.
  • c) Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba.

Grado Dos:

  • a) Ser licenciado en Educación o profesional con título diferente más programa de pedagogía o un título de especialización en educación.
  • b) Haber sido nombrado mediante concurso.
  • c) Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba; o la evaluación de competencias en caso de que esté inscrito en el Grado Uno.

Grado Tres:

  • a) Ser Licenciado en Educación o profesional.
  • b) Poseer título de maestría o doctorado en un área afín a la de su especialidad o desempeño, o en un área de formación que sea considerada fundamental dentro del proceso de enseñanza – aprendizaje de los estudiantes.
  • c) Haber sido nombrado mediante concurso.
  • d) Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba; o la evaluación de competencias, ahora en caso de que esté inscrito en el Grado Uno o Dos.

Parágrafo. Quien reúna los requisitos de los Grados Dos o Tres puede aspirar a inscribirse directamente a uno de éstos grados, previa superación de la evaluación del período de prueba.

Grados

Grado 1:

  • Normalistas superiores.
  • Tecnólogos en educación.

Grado 2:

  • Licenciados
  • Profesionales con:
    • programa de pedagogía
    • especialización en educación.

Grado 3:

  • Licenciados con:
    • maestría o doctorado en educación.
    • maestría o doctorado en área afín a especialidad, desempeño o en un área  considerada fundamental dentro del proceso enseñanza aprendizaje.
  • Profesionales con:
    • Maestría o doctorado en educación
    • Programa de pedagogía + maestría o doctorado en área afín a especialidad,  desempeño o en un área considerada fundamental dentro del proceso enseñanza  aprendizaje.
    • Especialización en educación + maestría o doctorado en área afín a especialidad,  desempeño o en un área considerada fundamental dentro del proceso enseñanza aprendizaje.
  • Solicitud presentada en la ventanilla de Servicio de Atención al Ciudadano y Correspondencia SAC.
  • Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca.
  • Carrera 6 # 3-82
  • Teléfono: (2) 824 42 01 Ext. 126
  • Email: sac.educacion@cauca.gov.co